martes, 31 de mayo de 2016

NIA 580 - CARTA DE REPRESENTACIÓN


NIA 580 – DECLARACIONES ESCRITAS

Se refiere a la responsabilidad que tiene el auditor para obtener declaraciones escritas de la administración o encargados del Gobierno Corporativo durante la auditoría de estados financieros.

Las declaraciones escritas son información que el auditor requiere de la entidad, y que puede utilizar para soportar la evidencia de auditoría. Estas declaraciones escritas deben ser dirigidas en cartas de representación al auditor por la administración. Además estas deben ser de fechas cercanas pero no posteriores al dictamen del auditor de los estados financieros. Es importante que estas declaraciones se presenten de manera escrita ya que con esto reduce las posibilidades de que hayan malos entendidos entre la administración o el gobierno corporativo de la entidad y el auditor. La comunicación entre estos es muy importante ya que pueden existir problemas que tienen importancia relativa y que pueden afectar la razonabilidad de los estados financieros de manera directa y es a partir de estas comunicaciones donde se pueden hacer evidentes y de la misma manera intervenir adecuadamente sobre ellos.

 Es claro que el hecho que el auditor cuente con las declaraciones escritas no garantiza que proporcionen evidencia por si solas, estas son parte esencial en el desarrollo de la auditoría de estados financieros y le permiten al auditor argumentar su opinión, además como una evidencia de auditoría.

Objetivos:

 El auditor debe obtener las declaraciones escritas de la administración y del Gobierno Corporativo, manifestándose así que se cumple responsablemente con la elaboración de los estados financieros de manera apropiada y con la integridad de la información proporcionada al auditor, además de corroborar información y evidencias importantes de auditoría en los estados financieros. Asimismo el auditor debe responder las declaraciones escritas de la administración o encargados del gobierno corporativo cuando sea pertinente.

Requisitos:

 Administración a la que se le solicita declaraciones escritas: el auditor deberá solicitar declaraciones escritas a los encargados de la elaboración de los estados financieros, ya sea la administración o los encargados del gobierno corporativo, quienes tienen responsabilidades por la manera como están descritos y plasmados los estados financieros y deben tener pleno conocimiento de asuntos relacionados.

 Declaraciones escritas sobre las responsabilidades de la administración: el auditor debe solicitarle a la administración que le proporcione una declaración escrita en la cual se manifiesta claramente que ha cumplido con su responsabilidad de la realización de los estados financieros, estos descritos de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable. Asimismo la administración debe manifestar mediante una declaración escrita que le ha dado o no al auditor toda información relevante y acceso, y si todas las transacciones están registradas en los estados financieros, así como se expone en los términos de trabajo puntualizados en el proceso de auditoría.

Otras declaraciones escritas: si el auditor necesita en cierto momento que le proporcionen otras declaraciones escritas por parte de la administración para corroborar otra evidencia de auditoría importante para los estados financieros, deberá solicitar esas declaraciones escritas para apoyar el proceso de auditoría de manera pertinente y apropiada.

Fecha de y periodo cubierto por declaraciones escritas: la fecha de las declaraciones escritas debe ser cercana a la fecha del dictamen del auditor. En la práctica es recomendable que tenga la misma fecha del dictamen. No es recomendable que sea posterior.

Forma de declaraciones escritas: las declaraciones escritas deberán estar en forma de una carta de representación dirigida al auditor y con las características requeridas por las normas y regulaciones pertinentes.

Duda sobre la confiabilidad de las declaraciones escritas y declaraciones escritas solicitadas, no proporcionadas: si el auditor encuentra inconvenientes que pongan en duda la confiabilidad de las declaraciones escritas con relación a la competencia, integridad, valores éticos o diligencias de la administración, procederá a resolver dichas preocupaciones con la realización de procedimientos de auditoría y si definitivamente concluye que las declaraciones no son confiables deberá comenzar con acciones apropiadas como evaluar el posible efecto en las representaciones y evidencia durante la auditoría, y que tendría para la opinión en el dictamen del auditor.


Cuando la administración no proporciona las declaraciones solicitadas, el auditor debe discutir el tema con la administración y revaluar su integridad y la confiabilidad de las representaciones, y establecer las acciones a seguir teniendo en cuenta el efecto que habrá sobre el dictamen del auditor, o determinar abstención de opinión sobre los estados financieros, cuando sea pertinente.

 NIA 505 - CONFIRMACIONES EXTERNAS

ALCANCE:
Trata del empleo por parte del auditor  de procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de autoría.

OBJETIVO:
El objetivo del auditor cuando utiliza procedimientos de confirmación externa es diseñar y aplicar dichos procedimientos con el fin de obtener evidencia de auditoría relevante y fiable.

SITUACIONES DONDE PUEDE UTILIZARSE LA CONFIRMACION:
·        Saldos bancarios
·        Saldos de cuentas por cobrar
·        Saldos de cuentas por pagar
·        Títulos de propiedad en posesión de abogados ó terceros





Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata del empleo por parte del auditor de procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoría de conformidad
Con los requerimientos de la NIA 330 y de la NIA 500 No trata de las Indagaciones sobre litigios y reclamaciones, las cuales se contemplan en la NIA 501 Procedimientos de confirmación  externa para obtener evidencia de auditoría

·         Confirmación externa: evidencia de auditoría obtenida mediante una respuesta directa escrita de un tercero (la parte confirmante) dirigida al auditor, en formato papel, en soporte electrónico u otro medio.

·         Solicitud de confirmación positiva: solicitud a la parte confirmante para que responda directamente al auditor, indicando si está o no de acuerdo con la información incluida en la solicitud, o facilite la información solicitada.

·         Solicitud de confirmación negativa: solicitud a la parte confirmante para que responda directamente al auditor únicamente en caso de no estar de acuerdo con la información incluida en la solicitud.

·         Sin contestación: falta de respuesta, o respuesta parcial, de la parte confirmante, a una solicitud de confirmación positiva, o una solicitud de confirmación devuelta sin entregar.

·         Contestación en disconformidad: respuesta que pone de manifiesto una discrepancia entre la información sobre la que se solicitó confirmación a la parte confirmante, o aquella contenida en los registros de la entidad, y la información facilitada por la parte confirmante.



NIA 260 - COMUNICACIÓN CON LOS ENCARGADOS DEL GOBIERNO CORPORATIVO.


La norma internacional de auditoría 260 relaciona la responsabilidad del auditor de mantener una comunicación con los encargados del gobierno corporativo de la entidad, y presenta un marco de referencia para el alcance de la comunicación identificando algunos asuntos específicos que el auditor debe comunicar.

La comunicación entre el auditor y los representantes de la entidad es indispensable durante el proceso de auditoría, debido a que permite que las dos partes obtengan un entendimiento de los asuntos relacionados con la auditoria y se establezca una relación constructivista que permite desarrollar la auditoria apropiadamente, sin afectar la independencia y objetividad del auditor.  Una buena comunicación reduce los riesgos de errores materiales en los estados financieros, debido a que los encargados del gobierno corporativo al entender y reconocer sus responsabilidades van a supervisar los procesos de la información financiera debidamente.

Existen situaciones en que el auditor debe asumir las responsabilidades legales establecidas, situaciones que le prohíben hacer comunicaciones especificas a los encargos del gobierno corporativo cuando se están desarrollando investigaciones o procesos sobre la entidad, y se exige la confidencialidad de la información por parte del auditor.

Asuntos que se deben comunicar:

El auditor debe comunicar sus responsabilidades en el desarrollo de la auditoria de acuerdo con las normas internacionales de auditoría, responsabilidades que quedan registradas en la carta de compromiso que se firma al iniciar el trabajo de auditoría. Asimismo la responsabilidad de emitir una opinión sobre los estados financieros elaborados por la administración y supervisados por los encargados del gobierno corporativo. Para iniciar la auditoria el auditor deberá informar una visión general del alcance de la auditoria y programación a seguir, lo que permite que el gobierno corporativo entienda claramente el proceso de auditoría, y que el auditor entienda mejor la entidad y su entorno. Durante el desarrollo de la auditoria, el auditor deberá comunicar su opinión sobre asuntos de importancia relativa a cerca de los estados financieros, así como los asuntos y dificultades que se presentan que requieran de supervisión y análisis del gobierno corporativo de la entidad y hacer las representaciones escritas relevantes.